De forma paralela, se actualizaron las Unidades Administrativas de jurisdicción nacional. Los cálculos incluyen varias actualizaciones concurrentes, tales como el salario básico del personal de conducción del transporte automotor en el AMBA para el período de mayo a septiembre de 2026, el precio del gasoil, el impuesto a los combustibles líquidos y al CO₂ establecido en el artículo 4° de la Ley 23.966, así como los costos de insumos, servicios y vehículos en operación. También se consideran el valor de la póliza de responsabilidad civil, la Tasa Nacional de Fiscalización del Transporte y el costo del examen psicofísico para conductores.
Además, se actualizó el mínimo no imponible por trabajador correspondiente al artículo 22 de la Ley 27.541, que se fijó en $7.003,68 mensuales para julio de 2026. Esta normativa fue establecida mediante la Resolución 48/2026, la cual fue publicada en el Boletín Oficial.
Para junio, se determinó un total de compensaciones necesarias de $98.486.526.703, mientras que para julio se calculó una cifra de $91.865.165.500. Estos montos incluyen pagos por la oferta del servicio, que abarcan costos operativos y el boleto escolar, así como pagos por demanda según el uso efectivo de la tarjeta SUBE.
La resolución también introduce cambios operativos, como la consolidación de las líneas 32 y 75 en una sola línea, denominada 32. A su vez, se incorporó formalmente a los cálculos de costos la ruta interprovincial que conecta las ciudades de Villa Dolores y Villa de Merlo, bajo la Unidad Administrativa N° 8.









