La decisión fue tomada por el juez federal Miguel Hugo Vaca Narvaja, quien derivó las actuaciones al fiscal federal Carlos Casas Nóblega. El representante del Ministerio Público deberá analizar si existió desobediencia a una orden judicial y si corresponde investigar además un posible incumplimiento de los deberes de funcionario público.
El expediente se originó en mayo, a partir de un amparo colectivo presentado por personas con discapacidad, familiares e instituciones que denunciaron demoras en el pago de prestaciones financiadas por el PAMI y por Incluir Salud.
En ese momento, Vaca Narvaja dictó una medida cautelar que ordenó al Ministerio de Salud, a través de Incluir Salud, y al PAMI normalizar los pagos en un plazo de 72 horas. El magistrado fundamentó la decisión en el riesgo que las demoras podían representar para la continuidad de tratamientos y servicios esenciales, teniendo en cuenta la situación de vulnerabilidad de las personas alcanzadas por la acción.
La medida no quedó circunscripta a un prestador determinado, sino que alcanzó a todas las personas comprendidas en el amparo colectivo. El Gobierno nacional apeló la resolución, pero el recurso fue concedido con efecto devolutivo, por lo que la presentación no suspendió la obligación de cumplir con la cautelar mientras la Cámara Federal analizaba el planteo.
Ante esa situación, el juez reiteró que la administración nacional debía ejecutar lo dispuesto aun cuando la resolución estuviera siendo revisada por la instancia superior.
El conflicto avanzó posteriormente hacia una sentencia sobre la cuestión de fondo. En junio, Vaca Narvaja volvió a ordenar la regularización de los pagos correspondientes a las prestaciones contempladas por la Ley 24.901.
Uno de los elementos considerados en esa resolución fue que el Estado había acreditado pagos correspondientes a determinados períodos, pero no había demostrado que la situación estuviera normalizada para la totalidad de los beneficiarios incluidos en el amparo.
Durante el trámite judicial también fueron incorporados planteos de distintas instituciones cordobesas que brindan atención a personas con discapacidad. Entre ellas, varias entidades señalaron que los atrasos se habían acumulado durante meses y que esa situación complicaba el pago de salarios, aportes y otros gastos necesarios para sostener el funcionamiento de los servicios.
Uno de los casos mencionados fue el de una institución dedicada a la atención de personas con discapacidad que informó haber recibido penalidades de ARCA por no haber podido cancelar en término aportes y contribuciones. Según lo expuesto en el expediente, los retrasos en los pagos estatales habían incidido en la posibilidad de afrontar esas obligaciones.
Para el magistrado, estos elementos mostraban que la demora en la cancelación de las prestaciones no se limitaba a una cuestión administrativa, sino que también podía repercutir sobre el funcionamiento de las organizaciones encargadas de brindar atención.
La derivación de las actuaciones al Ministerio Público Fiscal abre ahora una instancia para determinar si las conductas atribuidas a los funcionarios nacionales pueden encuadrar en algún delito. La investigación quedará a cargo del fiscal Casas Nóblega, en el marco del conflicto judicial por la regularización de las prestaciones destinadas a personas con discapacidad.









