Así lo revela un estudio del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), titulado “Día de la Independencia Tributaria”. Esta investigación incluye una estimación de los tributos que se aplican directamente sobre los ingresos y el patrimonio de los asalariados, además de aquellos pagos indirectos relacionados con el consumo de diversos bienes y servicios.
“Es una manera simple de hacer equivalente el porcentaje de presión tributaria a un porcentaje del año calendario”, indicó la organización que lidera Nadin Argañaraz.
Para evaluar el efecto de la carga tributaria sobre el ingreso familiar, se tomó como referencia una familia tipo compuesta por cuatro integrantes, donde solo uno de ellos (un trabajador asalariado formal) genera ingresos.
El IARAF tuvo en cuenta el impuesto a las Ganancias (ingresos), el impuesto a los Bienes Personales (patrimonio), y los gravámenes indirectos que recaen sobre el consumo de bienes y servicios, como el IVA, Ingresos Brutos, el impuesto al Cheque y el impuesto a los combustibles, entre otros.
Asimismo, se incorporaron los descuentos por los aportes y contribuciones a la seguridad social sobre el salario.
Cada perfil de hogares analizado presenta distintos niveles de ingresos:
El IARAF afirmó que la carga tributaria formal promedio se sitúa en torno al 50% del ingreso total considerado para los cuatro casos. Sin embargo, lo más sorprendente es que los casos segundo y tercero muestran una carga tributaria inferior a la del primer perfil, que corresponde al de menor ingreso total. “A pesar de que el primer nivel de ingreso no tributa el impuesto a las Ganancias, enfrenta una carga tributaria mayor que la de los dos estratos subsiguientes”, comentaron.
En el primer caso, la carga fiscal sobre la familia es del 49,2%. En el segundo (47,2%) y el tercero (47,7%) se observa una menor presión tributaria, mientras que en el cuarto caso se supera la carga fiscal del primer ejemplo, alcanzando un 49,9%.
Los “casos 2 y 3”, que poseen ingresos totales un 118% y un 219% superiores al “caso 1”, enfrentan una carga tributaria inferior entre 1,46 y 2 puntos porcentuales. Por su parte, el “caso 4”, con un salario bruto un 360% mayor que el “caso 1”, presenta una carga tributaria 0,68 puntos porcentuales más alta.
La escasa diferencia entre el “caso 1” (de menores ingresos) y el “caso 4” (de mayores ingresos) se debe a que la carga tributaria proveniente de los aportes personales a la seguridad social disminuye conforme aumentan los ingresos. En contraste, los hogares con mayores recursos dedican una mayor proporción de sus salarios al consumo, lo que incrementa la carga de los tributos indirectos (como el IVA y los Ingresos Brutos).
“La regresividad de los impuestos indirectos, combinada con la de los aportes personales, provoca que los casos 2 y 3 presenten una menor carga tributaria que el primer caso, que cuenta con un menor nivel de ingresos”, subrayaron.









