Esta iniciativa permite la condonación de hasta el 90% de las deudas relacionadas con aportes y contribuciones a la seguridad social, además de otros beneficios, como la eliminación del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) y la extinción de la acción penal tributaria en ciertos casos.
Sin embargo, los empleadores aún deben esperar que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) difunda el procedimiento operativo necesario para comenzar a adherir al programa.
El Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER) se instauró mediante el Título XXII de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 y reglamentado por el Decreto 409/2026. Su objetivo es fomentar la formalización del empleo a través de la regularización voluntaria de trabajadores no registrados o mal registrados.
A cambio de esta regularización, los empleadores pueden acceder a una considerable reducción de las deudas originadas por la falta de registración laboral. El régimen contempla dos situaciones diferentes: por un lado, se refiere a aquellos trabajadores que nunca fueron declarados ante los organismos de la seguridad social y, por otro, incluye a aquellos que han sido formalmente registrados, pero con información incorrecta.
En cuanto a las condonaciones, estas varían según el tamaño del empleador. Así, una micro o pequeña empresa solo deberá abonar el 10% de la deuda, mientras que una gran empresa enfrentará un 30%. Además, la regularización cubre obligaciones de la seguridad social que se hayan vencido hasta la fecha de adhesión al régimen, incluyendo diversas categorías.
Asimismo, se establece una condonación del 100% en obligaciones relacionadas con ciertas circunstancias. Más allá de la reducción de la deuda, el PER incluye otros incentivos para quienes decidan regularizar su situación. Los empleadores que se adhieran serán excluidos automáticamente del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales en relación a las infracciones detectadas hasta el 6 de marzo de 2026.
Esta permanencia en el registro puede limitar el acceso a contrataciones con el Estado, beneficios fiscales y líneas de financiamiento específicas. La participación en el régimen también puede extinguir acciones penales vinculadas a delitos tributarios relacionados con las obligaciones regularizadas, siempre que no haya una sentencia firme. Si los empleadores cancelan las obligaciones antes de que ARCA presente una denuncia penal, el organismo está exento de proceder con dicha denuncia.
Por ejemplo, una pyme que enfrenta una deuda de $ 2.000.000 por trabajadores no registrados podría beneficiarse significativamente de la condonación máxima prevista, lo que implicaría un alivio considerable en su carga financiera. En caso de optar por el pago al contado cumpliendo las condiciones de la reglamentación, el monto final podría disminuir aún más.
El decreto contempla la posibilidad de financiar el saldo no condonado mediante planes de facilidades de pago que serán gestionados por ARCA, además de una reducción adicional del 50% sobre capital e intereses no condonados para quienes opten por pagar la deuda al contado, según lo determinado por la normativa operativa.
Este régimen está diseñado específicamente para empleadores del sector privado, excluyendo organismos y empleadores del sector público. Actualmente, el Decreto 409/2026 ha establecido lineamientos generales, pero se espera que ARCA publique el procedimiento de adhesión, las condiciones operativas y los mecanismos para regularizar las relaciones laborales correspondientes.
Una vez que se emita esta reglamentación complementaria, los empleadores podrán comenzar el trámite para acceder a las condonaciones y otros beneficios estipulados por el PER.









