La medida alcanza a 559 unidades registradas en el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros que se encontraban habilitadas al 1° de enero de 2026. Estos vehículos deberán cumplir con una Revisión Técnica Obligatoria (RTO) con una frecuencia trimestral como condición para mantener la autorización de circulación.
El artículo 53 de la Ley 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial establece que los vehículos destinados al transporte de pasajeros no pueden operar cuando superan los diez años de antigüedad, salvo que una norma reglamentaria establezca condiciones adicionales de utilización.
En octubre de 2024, el Decreto 883/2024 había dispuesto que las unidades que excedieran ese límite pudieran continuar en servicio durante un período adicional de tres años, bajo un esquema especial de fiscalización. Los vehículos modelo 2012 completaron ese plazo adicional el 1° de enero de 2026.
El Decreto 654/2026, firmado por el presidente Javier Milei y refrendado por el ministro Luis Caputo y el ministro Diego Santilli, incorporó un informe de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), que señaló que al 30 de abril de 2026 permanecían en funcionamiento 559 unidades modelo 2012.
El organismo consideró que la continuidad de estos vehículos dentro del parque automotor “no altera significativamente la antigüedad promedio del sistema” y determinó que la extensión resultaba “técnicamente viable”, siempre que estuviera acompañada por un esquema de control más estricto mediante revisiones técnicas obligatorias trimestrales.
El decreto también incorporó un dictamen de la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, que no encontró impedimentos técnicos para establecer una prórroga de un año.
Además, el documento destacó que el Acuerdo de Transporte Internacional Terrestre (ATIT) establece que los vehículos deben cumplir con las condiciones técnicas exigidas por el Estado en cuyo territorio circulen. En ese sentido, se señaló la necesidad de contar con un régimen nacional compatible con los estándares regionales y basado en el estado efectivo de conservación de las unidades, más allá de la antigüedad cronológica.
La decisión también responde a un pedido formal presentado por diputados integrantes de la Comisión de Transporte de la Cámara de Diputados ante la Subsecretaría de Transporte Automotor, mientras avanza un proyecto legislativo que busca extender de manera permanente la antigüedad máxima permitida para este tipo de vehículos.









