El magistrado señaló que la problemática ocupa un lugar central en los debates internacionales sobre el futuro de las democracias occidentales. Según explicó, el desarrollo tecnológico no creó los prejuicios, pero sí amplificó mecanismos de discriminación que ya existían y facilitó su circulación entre públicos cada vez más amplios.
Entre los factores que contribuyen a la expansión del odio, Lorenzetti mencionó la difusión de noticias falsas, las teorías conspirativas y los ataques personales contra quienes sostienen posiciones diferentes. A su entender, estas prácticas desplazan la discusión de los argumentos hacia la descalificación de las personas por su origen o sus características.
El juez también apuntó contra el funcionamiento de los algoritmos de las plataformas digitales, que pueden favorecer la difusión de contenidos capaces de captar la atención de los usuarios. A esto se suma la personalización de la información, que tiende a formar entornos cerrados donde las personas reciben mensajes que refuerzan sus propias convicciones y tienen menos contacto con opiniones diferentes.
En ese contexto, advirtió sobre el debilitamiento del pensamiento crítico y la consolidación de posiciones cada vez más rígidas. “El problema no es que la inteligencia artificial vaya a sustituir la inteligencia humana, sino que la inteligencia humana se parece cada vez más a la inteligencia artificial”, sostuvo al referirse a los riesgos de delegar el criterio propio en los sistemas tecnológicos.
Lorenzetti consideró que la respuesta tampoco puede consistir en combatir el odio mediante nuevas formas de violencia. Según planteó, esa lógica reproduce el problema en lugar de resolverlo y profundiza la confrontación entre grupos que terminan percibiéndose como enemigos.
En el plano jurídico, el magistrado defendió la libertad de expresión como una garantía esencial para el funcionamiento democrático, pero señaló que su ejercicio también puede tener límites cuando se utiliza de manera abusiva. Entre las herramientas disponibles mencionó la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Ley 23.592 contra la discriminación y las disposiciones del Código Civil y Comercial que permiten prevenir daños.
Al mismo tiempo, alertó sobre los riesgos de aplicar censura previa o sanciones penales de manera indiscriminada. La intervención jurídica, explicó, debe considerar las circunstancias de cada caso, especialmente cuando las expresiones trascienden el ámbito privado y pueden constituir incitación a la violencia o a la discriminación.
El entorno digital agrega una dificultad particular: un mensaje puede multiplicarse rápidamente, llegar a públicos distintos de los previstos inicialmente y permanecer disponible durante un período prolongado. Por eso, Lorenzetti sostuvo que es necesario analizar tanto el alcance de las expresiones como las responsabilidades de quienes intervienen en su difusión.
Durante su exposición, también cuestionó la falta de diálogo en la sociedad y en la política. Afirmó que las redes pueden profundizar la división entre grupos y favorecer una dinámica en la que la construcción de adversarios reemplaza el intercambio de argumentos. En ese sentido, señaló que las quejas en las plataformas no son suficientes y llamó a impulsar acciones concretas mediante los mecanismos institucionales disponibles.
Como ejemplo de una alternativa posible, recordó una audiencia pública ante la Corte Suprema en la que participaron sectores enfrentados. Según explicó, la posibilidad de escuchar posiciones contrapuestas contribuyó a reducir tensiones y favoreció una discusión basada en argumentos.
Finalmente, el juez planteó que enfrentar los discursos de odio requiere la participación activa de la sociedad, instituciones capaces de promover el encuentro y tecnologías que no profundicen las divisiones. El desafío, concluyó, consiste en superar la lógica de las confrontaciones y construir espacios de diálogo en sociedades cada vez más diversas.









