La normativa, emitida por la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, introduce modificaciones importantes en la gestión de inversiones por parte de las empresas en la isla, a raíz de la decisión de reducir a cero los aportes obligatorios al fondo de ampliación productiva.
El marco legal de la Ley N° 19.640 tiene como objetivo principal reafirmar la soberanía nacional en dicha región a través de un régimen fiscal y aduanero especial. En 2021, para asegurar la continuidad de las inversiones, se prorrogó la vigencia de los derechos industriales hasta el 31 de diciembre de 2038.
Dentro de esta extensión, se estableció el Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP-Fueguina), financiado mediante contribuciones mensuales obligatorias de las empresas. Sin embargo, a principios de este año, se decidió eliminar dichos aportes debido a cambios en las condiciones fiscales y arancelarias que impactaron la competitividad de las empresas.
La nueva resolución busca abordar la necesidad de las empresas de adaptar sus proyectos de inversión, que habían sido aprobados antes de la eliminación del aporte.
El documento, firmado por el Secretario de Coordinación de Producción, Pablo Lavigne, establece que si una empresa no presenta su adecuación dentro del plazo pautado o si esta es rechazada, permanecerán vigentes los compromisos originalmente asumidos.
Asimismo, los fondos destinados a la inversión que no sean utilizados en los plazos estipulados deberán ser reintegrados al fondo FAMP-Fueguina con los intereses pertinentes, calculados a partir de la tasa activa del Banco Nación.
Con esta medida, el Gobierno busca balancear la flexibilización de las cargas financieras para el sector industrial con la responsabilidad de cumplir con las inversiones productivas necesarias para asegurar el desarrollo sostenible de la región.









