Gorini, uno de los magistrados que intervino en el juicio por la obra pública en Santa Cruz, calificó el caso como un “punto de inflexión importante” para el Poder Judicial y como uno de los hechos de corrupción de mayor relevancia registrados en la historia judicial argentina.
El juez rechazó que la inhabilitación de Cristina Kirchner pueda ser considerada una proscripción. Explicó que se trata de una pena prevista en el Código Penal para determinados delitos y recordó que la inhabilitación especial perpetua existe desde la redacción original de 1921.
Respecto del reclamo presentado ante la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, Gorini sostuvo que cualquier cuestionamiento sobre la constitucionalidad de esa pena debería haber sido planteado previamente dentro del expediente y ante los tribunales superiores argentinos. Según señaló, eso no ocurrió. De todos modos, aclaró que no podía asegurar que el planteo internacional no vaya a prosperar, aunque advirtió sobre sus dificultades de procedencia y admisibilidad.
El magistrado consideró que una eventual modificación del régimen de inhabilitación requeriría una ley del Congreso que derogara esa pena y, posteriormente, una revisión de la sentencia en función de una eventual aplicación de una ley penal más benigna.
Gorini también rechazó que el género de Cristina Kirchner haya influido en la condena. Consideró “absolutamente falso” que la decisión estuviera vinculada con un supuesto machismo estructural y destacó que durante el juicio hubo profesionales designadas para supervisar las audiencias.
Sobre las garantías constitucionales, afirmó que el proceso respetó el debido proceso y recordó que, a pedido de la defensa de Julio De Vido, se designaron veedores que asistieron a las audiencias sin formular observaciones sobre su desarrollo.
El juez explicó que el debido proceso comprende las etapas de acusación, prueba, defensa y sentencia, y remarcó que la condena fue sometida posteriormente a las instancias de revisión previstas por la legislación, incluida la Cámara Federal de Casación Penal y la Corte Suprema de Justicia.
En relación con la pena, Gorini sostuvo que la magnitud de la maniobra que consideró acreditada excedía el límite de seis años de prisión previsto para el delito de administración fraudulenta contra el Estado y consideró que esa sanción podía resultar insuficiente frente a la gravedad de los hechos.
A su vez, aclaró que nunca consideró que los hechos investigados constituyeran el delito de asociación ilícita. Según explicó, esa figura requiere determinados elementos que no consideró acreditados y recordó que esa calificación tampoco prosperó ante la Cámara de Casación ni ante la Corte Suprema.
Sobre el decomiso de los bienes vinculados al perjuicio ocasionado al Estado, señaló que existen dificultades técnicas debido a la cantidad y diversidad de bienes involucrados, además de embargos y medidas cautelares correspondientes a otros procesos. Afirmó, sin embargo, que los bienes que correspondan serán restituidos al Estado, aunque evitó establecer plazos debido a los recursos que todavía están pendientes.
Gorini también afirmó haber atravesado situaciones que interpretó como presiones y hostigamiento durante el proceso. Entre ellas mencionó accesos ilegítimos a la base de datos biométricos del Renaper, la sustracción de declaraciones juradas y anexos reservados, una falsa amenaza de bomba en su domicilio y episodios de seguimiento y fotografías de integrantes de su familia.
El magistrado planteó además la necesidad de revisar mediante un debate parlamentario el régimen de prisión domiciliaria previsto en la Ley de Ejecución Penal. Aclaró que su planteo no estaba dirigido exclusivamente al caso de Cristina Kirchner y sostuvo que esa modalidad continúa siendo una pena privativa de la libertad, por lo que debe existir un equilibrio que evite desnaturalizar su carácter punitivo.
Gorini, quien recordó que fue designado juez en 2011 durante la presidencia de Cristina Kirchner, defendió el funcionamiento del Poder Judicial frente a las investigaciones por corrupción que alcanzan a expresidentes y exvicepresidentes. Consideró que, aunque no es deseable que altos funcionarios sean sometidos a procesos penales, su investigación y eventual juzgamiento cuando existen sospechas de delitos también constituye una señal de funcionamiento institucional.
Finalmente, reconoció que el Poder Judicial tiene responsabilidad en su imagen negativa ante la sociedad y sostuvo que es necesario mejorar el vínculo entre la Justicia y la ciudadanía. También señaló que las demoras de los procesos están relacionadas con las garantías y las distintas instancias de revisión, además de las vacantes existentes en los tribunales, que obligan a recurrir a subrogancias y pueden ralentizar el trabajo judicial.









